A un paso de ser ley quedó este martes el proyecto que regula el lobby, luego que la Cámara de Diputados aprobara por 103 votos a favor y 2 abstenciones de los diputados Carolina Tohá (PPD) y Julio Dittborn (UDI), el informe de comisión mixta que resolvió las discrepancias entre senadores y diputados.
De acuerdo al informe, que debe ser ratificado ahora por el Senado, no serán considerados lobbystas o gestores de intereses los miembros de las directivas de organizaciones gremiales, sindicatos, Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones, centros de estudios y colegios profesionales, al igual que los representantes legales, directores, gerentes y abogados de las personas jurídicas que persiguen fines de lucro.
En todo caso, todos ellos estarán obligados a informar, a través de las correspondientes páginas de internet, sobre las reuniones que sostengan con autoridades del Ejecutivo y del Congreso.
Para la diputada Carolina Tohá (PPD) el resultado final es "una ley bastante mutilada, en el sentido que no queda incluida en la regulación del lobby la acción que ejercen los dirigentes gremiales, no queda ningún tipo de restricción para financiar campañas políticas a los clientes de los lobbystas y no quedan garantías en el sentido que se les va a otorgar igual trato a las partes que traten de acceder a las autoridades".
Añadió que "lamentablemente hubo que aprobar una ley a medias", luego de que el proyecto original fuera "desfigurado" en su paso por el Senado.
Jorge Burgos (DC) dijo que "pudo haber quedado mejor", recalcando que "no es una buena noticia que no se estatuya también un reglamento de lobby para aquellos que no se dedican profesionalmente", pero valoró los avances que se lograron, señalando que "es mucho mejor la situación que vamos a tener cuando esto sea ley con un estatuto claro a lo menos para los lobbystas profesionales y con obligaciones para los sujetos pasivos de lobby que mitigan un poco el hecho que no se hayan incorporado a las asociaciones gremiales".
PROYECTO
El documento establece que "toda persona que contrata los servicios de un lobbysta deberá informarlo en sus sitios electrónicos, a más tardar antes del quinto día de producido el encuentro".
También plantea la creación de tres registros en los que estarán inscritos quienes realicen lobby. Dos de ellos estarán radicados en el Congreso, uno en cada rama legislativa; mientras que el tercero estará a cargo del Ministerio de Justicia.
La iniciativa regula la actividad profesional de promoción, defensa o representación de intereses de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas y busca fortalecer la transparencia en las relaciones con el Estado.
Establece además que quienes realicen esta práctica estarán obligados a informar semestralmente sobre las autoridades, miembros y funcionarios y organismos ante las cuales hayan desarrollado gestiones de intereses propios o en representación de terceros, las materias en las que hayan intervenido, los intereses que hayan promovido y los objetivos de cada una de las gestiones realizadas.
Las sanciones que se aplicarán a los lobbystas que no cumplan la ley van desde amonestación escrita; multa de hasta 150 UTM (es decir $4.905.000, aproximadamente); suspensión del Registro Público hasta por tres años; y la eliminación en alguno de los registros, lo que acarrea la eliminación automática en los demás.