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domingo, noviembre 28, 2010

Lobby o cabildeo

Lobby o cabildeo

Por DARÍO MARTÍNEZ BETANCOURT

EL  Gobierno nacional propone al Congreso someter a la ley la actividad del cabildeo como una de las herramientas para combatir la corrupción. La iniciativa es sana y conveniente, siempre y cuando la mejore el Congreso, a fin de que el remedio no sea peor que la enfermedad. El cabildeo tendrá que ser un trabajo público, a la luz del día, sujeto a los órganos de control y a la vigilancia social, sin desmedro de la prevalencia del interés general en las decisiones de las autoridades estatales.


En Colombia, de hecho existe el lobby o "corre pasillos" en forma encubierta, sin reglamentación legal, especialmente como actividad de algunos grupos económicos, o de propósitos ilícitos o particulares, quienes acechan la labor pública, movidos por intereses egoístas y protervos, y que en ocasiones engendran la comisión de delitos contra la Administración Pública que quedan en la impunidad. A veces, ese quehacer clandestino aflora en las leyes después de ser aprobadas, con los consabidos escándalos por la inclusión de "micos", o con la vigencia de leyes injustas, contrarias al interés general, que en más de una ocasión, son declaradas inexequibles por la Corte Constitucional.


En la ley debe quedar claro, quienes pueden realizar el lobby (personas naturales o jurídicas), ante qué clase de servidores públicos, la forma de ejercerlo, acompañado de un régimen de prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades y sanciones. La ética pública y el acatamiento constitucional, no se garantizan con un simple registro público de lobbystas, sino con la indeclinable voluntad política y jurídica del Estado, al no ceder ante el embate de los lobbystas que trabajan por lo particular. Por ejemplo, "los miembros de cuerpos colegiados de elección directa, representan al pueblo, y deberán actuar consultando la Justicia y el bien común". (Art. 133 C.P.). Esta es la esencia de la representación política, ante la cual no hay lobby privado que valga, si hay responsabilidad y lealtad del elegido o del partido al que pertenezca con el pueblo.


EL lobbysta debe ser un particular con funciones públicas temporales, para que pueda ser investigado, inclusive disciplinariamente en los casos de violación de la ley. No podrá haber cabildeo con resultados válidos y eficaces, cuando exista conflicto de intereses y el interés privado desplace al beneficio general.

Es necesario delinear esta clase de intereses en la actividad estatal, para determinar los casos en los cuales, el cabildeo quebranta el interés público. Los poderes económicos que buscan sus ventajas a través de la influencia política, no podrán aprovechar el cabildeo como medio de gestión positiva ante las autoridades que atropellen las conveniencias colectivas. La falta de este amojonamiento institucional ha sido seguramente la razón del fracaso de la reglamentación legal del lobby en anteriores oportunidades por parte del Congreso y, además, la duda de que la naturaleza del lobby al representar y defender intereses privados de grupos de presión, puede ser inconstitucional al atentar contra la prosperidad general como uno de los fines esenciales del Estado.


El "status legal" del cabildeo se explica dentro del respeto a los principios fundantes de nuestro Estado Social de Derecho, que facilita la participación de todos en las decisiones que los afectan y en el contexto de nuestra propia cultura política y jurídica. Si ha de servir como salvoconducto para que los grupos económicos extiendan su poder sobre las autoridades públicas es mejor dejar las cosas como están. En este evento, se buscarán mecanismos idóneos para fortalecer la intervención ciudadana en el estudio y trámite de decisiones gubernamentales y en particular en la expedición de las leyes y actos legislativos.


Si la reglamentación legal no es lo más completa posible, enmarcada en los parámetros constitucionales y en la moral pública, sin proponerlo, se terminaría creando una excepción al principio de la transparencia de la Función Pública, que predispone unos escenarios para cometer conductas punibles y faltas disciplinarias y surja así una especie de "república lobbysta".


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Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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BIOMASA FORESTAL UN NUEVO NEGOCIO DE IBERDEROLA

BIOMASA FORESTAL

 
Publicado por Jesús Magaña Terrón
Publicado en Gobierno de España, Inversiones, Negocios energías renovables, Nuevos negocios, biomasa, eficiencia energética, energias renovables, generación de electricidad, trabajo, vídeos

Iberdrola es una de esas empresas que nunca deja de emprender y emprender, a fin de demostrarnos a todos de que aunque las compañías tengan origen en España, pueden convertirse en líderes de su sector a nivel mundial con tesón y con esfuerzo. Y pese a que hasta el momento Iberdrola se había centrado sobre todo en la producción de energía eólica, que supone un 96% de su producto energético actual, parece que busca ampliar horizontes financieros a través de la diversificación de su negocio.

¿Cómo tienen pensado hacerlo? Pues de un modo muy sencillo; siempre que se produce la tala de un bosque, se generan una serie de desperdicios de los que, si nadie se hace cargo, pueden llegar a producir incendios en la época estival. Pues recogiendo toda esa "basura" y procesándola, Iberdrola prevé producir una importante cantidad de energía, denominada de biomasa forestal.

Esperemos que este negocio avance tan bien como lo han hecho otros de la compañía en anteriores ocasiones. Y es que no sólo se trata de conseguir que los inversores privados se animen a creer en este proyecto, sino que además sería muy positivo que el Gobierno de España metiese mano en la cuestión, a fin de conseguir por una vez mostrar algo de vista en los nuevos negocios que se generan a su alrededor, y que muchas veces parecen no poder ver. Os dejo un vídeo relacionado con el tema:

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