El Superintendente del Medio Ambiente (S) de Chile, Juan Carlos Monckeberg Fernández, procedió a sancionar a Compañía Minera Nevada SpA –subsidiaria de Barrick Gold-, titular del proyecto Pascua Lama, debido a incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), obtenida en 2006. La sanción aplicada corresponde a una multa de 16.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a casi US$16,3 millones, a beneficio fiscal. Esta sanción se aplica por la existencia de un incumplimiento gravísimo y cuatro incumplimientos graves, según la graduación establecida en la Ley Orgánica de la Superintendencia. Los cargos en virtud de los cuales se aplican las sanciones son los siguientes: a) El incumplimiento de las normas, condiciones y medidas establecidas en su RCA, la que fue clasificada como gravísima. Éste se relaciona con no haber construido obras asociadas al sistema de manejo de aguas de contacto y no contacto, que debían estar implementadas en forma previa a las faenas de excavación. b) El incumplimiento de Resolución Exenta N° 107, que ordenó la adopción de medidas provisionales de corrección, seguridad y control. Este incumplimiento fue clasificado como grave.
c) El incumplimiento de Resolución Exenta N° 574 que requirió información a los titulares de RCA, calificado como grave. d) El incumplimiento de Resolución Exenta N° 37, que dictó e instruyó norma de carácter general sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes. Este incumplimiento de carácter grave.
e) El incumplimiento del Requerimiento de Información solicitado en el Acta de Inspección Ambiental realizado por funcionarios de esta Superintendencia, fue calificado como grave. A la sanción, se suma la adopción de medidas urgentes y transitorias, estableciendo la paralización de las actividades de construcción de Pascua Lama, mientras la empresa no ejecute el sistema de manejo de aguas en la forma prevista en su RCA. Además de lo anterior, y a objeto de evitar daños al medio ambiente, la Superintendencia instruyó a la minera que construya obras de captación, transporte y descarga al estanque de sedimentación norte de la mina, las cuales serán de carácter transitorio, mientras se implementan las obras definitivas. "Es importante recalcar que estamos realizando fiscalizaciones muy acuciosas. En este caso, la empresa presentó una autodenuncia, la cual no fue acogida porque nos encontramos con que los hechos descritos no eran precisos, verídicos ni comprobables. Además, existían otros incumplimientos por parte de Pascua Lama a su RCA, lo que dio inicio a este procedimiento sancionatorio", afirmó el Superintendente (S) del Medio Ambiente, Juan Carlos Monckeberg. Esta es la primera multa cursada por la SMA desde la entrada en vigencia de sus facultades de fiscalización y sanción, ocurrida el 28 de diciembre de 2012.
Barrick Barrick Gold dijo que se compromete "totalmente" a cumplir con la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente de Chile. A través de un comunicado precisó que "la compañía está en el proceso de revisar la resolución de SMA en detalle. Barrick está totalmente comprometida a cumplir con todos los aspectos de la resolución y a operar con los mayores estándares medioambientales". |
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